REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas de ________________ de 2006.
Años 196 y 147.
Visto el escrito que encabeza las presentes actuaciones y las justificaciones evacuadas al efecto; este Juzgado sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y conforme con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara TITULO SUPLETORIO sobre las bienhechurias a que se contrae la presente solicitud, a favor del ciudadano BENITO CABALLERO PAYARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 15.049.864, advirtiéndose que se deja a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones con sus resultas, previa su certificación por Secretaria.-
LA JUEZ TITULAR.-
DRA. ANGELINA M GARCÍA H.-
LA SECRETARIA ACC.-
KELYN CONTRERAS.-
Exp. Nro. T- 8294.-
AMG/KC/laura.-