REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO

JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.- Caracas, Diez (10) de Noviembre del año Dos Mil Seis (2006).-
196º y 147º
Visto el cómputo que antecede, así como la apelación interpuesta por EDGAR J. RAMOS DUGARTE, Inpreabogado Nº 23.136 en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, en contra de la decisión dictada por este Tribunal en fecha 31/10/2006; y por cuanto el Tribunal observa que la misma fue interpuesta, fuera del lapso que establece el artículo 891 del Código de Procedimiento Civil, NIEGA dicha apelación por ser EXTEMPORÁNEA.-
LA JUEZ,

DRA. INDIRAPARIS BRUNI
LA SECRETARIA,

ABG.MARIELA ARZOLA P.

IPB/MAP/ira
Exp Nº 06-3554.-