REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
 
Tribunal Trigésimo (30°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 
Caracas, uno (1) de noviembre de dos mil seis (2006)
 
196º y 147º
 
 
ASUNTO: AP21-S-2006-001270
 
N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2006-001270
 
OFERENTE: COORPORACIÓN IMITA FRANQUICIAS, C.A
 
APODERADO JUDICIAL OFERENTE: MARCOS ROGELIO GIL
 
OFERIDO: SHEILA SANCHEZ MARTINEZ
 
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO
 
 
 
En el día hábil de hoy 01 de noviembre de 2006, siendo las 09:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente solicitud de OFERTA REAL DE PAGO, se deja constancia de que se encuentra presente el abogado MARCOS ROGELIO GIL, inscrito en el IPSA bajo el No. 81.064, quien actúa en representación de la empresa oferente COORPORACIÓN IMITA FRANQUICIAS, C.A, asimismo, el Tribunal deja constancia de la incomparecencia de la parte OFERIDA, ciudadana SHEILA SANCHEZ MARTINEZ, ni por medio de si ni por medio de apoderado judicial alguno. En consecuencia este Juzgado Trigésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área  Metropolitana  de  Caracas,  deja constancia  que  se  encuentra  en  este  Circuito  Judicial  del  Trabajo,  libreta de  ahorros  a  favor  de la  ciudadana SHEILA SANCHEZ MARTINEZ, titular de la cédula  de identidad No. 22.140.723, signado bajo el No. 3006034, cuenta No. 0003 – 0081-16-0100181465,  del  BANCO  INDUSTRIAL  DE  VENEZUELA, por  la  cantidad  de  TRESCIENTOS SIETE MIL CUATROCIENTOS VEINTIUN BOLIVARES CON OCHO CENTIMOS (BS. 307.421,08), por lo que el Tribunal da por TERMINADO EL PROCESO. En el entendido que el dinero depositado queda a disposición de LA PARTE OFERIDA, el cual podrá retirarla previa solicitud realizada por ante este Despacho. Por la naturaleza de la decisión no hay especial condenatoria en costas. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 y 196.
 
 
DIOS Y FEDERACIÓN
 
 
El Juez
 
 
Abog. Juan Carlos Medina
 
 
 
 
 
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
 
 
 
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