REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Trigésimo (30°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintinueve (29) de noviembre de dos mil seis (2006)
196º y 147º

ASUNTO: AP21-L-2006-004223

Visto el acuerdo transaccional alcanzado por las partes, mediante escrito en fecha 28 de noviembre de 2006, estando en la etapa de mediación, y luego de haber sostenido las conversaciones correspondientes; Este Tribunal, revisado como ha sido el mismo, y cumplidos los requisitos contenidos en los artículos 3 de la Ley Orgánica del Trabajo; 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, lo homologa en los términos especificados en el mismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por lo que se da por concluido el proceso y se le otorga el carácter de cosa Juzgada. Todo ello en el juicio incoado por la ciudadana SILVIA ESPERANZA MOTA RUIZ contra la empresa CENTRO MEDICO LOIRA C.A. Asimismo se indica a las partes que las pruebas presentadas al inicio de la audiencia preliminar, deberán ser retiradas por ante la Oficina de Atención al Público (O.A.P.) de este Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas.


El Juez

Abog. Juan Carlos Medina


La Secretaria

Abog. Migdalia Montilla




“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”