REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo (30°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintinueve (29) de noviembre de dos mil seis (2006)
196º y 147º
ASUNTO: AP21-L-2006-004223
Visto el acuerdo transaccional alcanzado por las partes, mediante escrito en fecha 28 de noviembre de 2006, estando en la etapa de mediación, y luego de haber sostenido las conversaciones correspondientes; Este Tribunal, revisado como ha sido el mismo, y cumplidos los requisitos contenidos en los artículos 3 de la Ley Orgánica del Trabajo; 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, lo homologa en los términos especificados en el mismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por lo que se da por concluido el proceso y se le otorga el carácter de cosa Juzgada. Todo ello en el juicio incoado por la ciudadana SILVIA ESPERANZA MOTA RUIZ contra la empresa CENTRO MEDICO LOIRA C.A. Asimismo se indica a las partes que las pruebas presentadas al inicio de la audiencia preliminar, deberán ser retiradas por ante la Oficina de Atención al Público (O.A.P.) de este Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas.
El Juez
Abog. Juan Carlos Medina
La Secretaria
Abog. Migdalia Montilla
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
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