REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
SECCION DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCION
SALA 102



Caracas, 18 de Octubre de 2006
196° y 147°


Considerando que la presente causa, distinguida con el Nº 05-310, seguida al adolescente: (Identidad Omitida), se encontraba fijada una entrevista, para el día hoy, a las 10:00 horas de la mañana, la cual no pudo celebrarse en virtud de la incomparecencia del adolescente de autos, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, en ejercicio de las atribuciones legales que le confieren los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, acuerda: PRIMERO: Diferir la entrevista para el día MARTES 31-10-06, a las 10:00 horas de la mañana. SEGUNDO: Solicitar la colaboración a la Entidad de Atención Integral Ambulatoria al Adolescente No Privado de Libertad, C.A.C. “Diego de Lozada”, Circuito N° 02, a los fines que se sirvan de enlace en la entrega de la boleta de citación dirigida al adolescente. Notifíquese a la Defensora Pública. Cúmplase.-
JUEZ ENCARGADA


DRA. EVELYN BORREGO NAVARRO
LA SECRETARIA

ABG. ARACELIS TILLERO
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado por este Tribunal.
LA SECRETARIA

ABG. ARACELIS TILLERO

J-1°E-EXP. N° 05-310
EBN/omar