REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A.


Vistas las actuaciones que anteceden, emanadas del Departamento de Aprehensiones del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, mediante las cuales, informan a este Juzgado de la Aprehensión del Joven Adulto Identidad Omitida, (Ampliamente identificado en autos anteriores), este Tribunal en uso de sus facultades legales y de conformidad con lo establecido en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, acuerda ÚNICO: Fijar para el día 03-10-2006, a las 09:00 horas de la mañana, la Celebración de una Audiencia Oral y Reservada para Debatir la Naturaleza del incumplimiento de la medida en ejecución por parte del referido joven. A tal efecto convóquese a las partes. PROVÉASE LO CONDUCENTE. CÚMPLASE.