REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, dieciocho (18) de octubre de 2006
196° y 147°
ASUNTO : AH24-L-2001-000126
PARTE ACTORA: RAFAEL GUILLERMO CORREA VAZQUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-5.530.381. APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: OSMAR RAFAEL VASQUEZ GARCIA, ROBERTO HUNG y LILIAN ESTHER COLMENARES, abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Números: 16920, 97 y 23.818, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: C.A CERVECERIA REGIONAL domiciliada y legalmente establecida, en la ciudad de Maracaibo Estado Zulia, inscrita en el Registro de Comercio que llevo la secretaria del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y de Comercio del Estado Zulia, en fechas 14 de mayo de 1929, bajo el N° 320.-
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: GUIDO ALFONSO PUCHE FARIA, MARIA ANGELICA PACHECO DE BRACHO, ANA VALENTINA PEREIRA, ALVARO RABELL ORTEGA, CARMEN MARÍA MACAUDA DE MUÑOZ, MARÍA JOSEFINA PARRA DE ALVINS, RAFAEL ANTONIO ORTEGA BRAND, GUSTAVO ADOLFO HERNÁNDEZ RASQUIN, DARÍO ROMERO Y DARÍO ROMERO DELAGADO, Abogados en ejercicio, de este domicilio, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Números: 19.643, 19722, 21.180, 26.324, 36.490 31.051, 64.518, 70.534, 77.780 y 5.623, respectivamente.-
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día de hoy, 18 de octubre de 2006, siendo las 10:00 a.m., día y hora fijada por este Juzgado, para que tenga lugar la Audiencia Oral de Juicio, mediante auto de fecha 27 de octubre de 2006 y previo avocamiento al conocimiento de la presente causa, mediante auto de fecha 24 de abril de 2006, se anunció dicho acto por el Alguacil a las puertas de la Sala de Audiencias del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Hace su entrada a la Sala de Audiencias la Juez, ALBA TORRIVILLA y GLORIA MEDINA, Secretaria del Circuito Judicial del Trabajo; acto seguido, se da inicio a la Audiencia por parte de la Juez, quien solicita a la Secretaria que informe el motivo de la misma y de las partes presentes, a lo que ésta señaló que el motivo de la presente causa se encuentra relacionado con la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, interpuesta por el ciudadano RAFAELGUILLERMO CORREA VAZQUEZ, contra la C. A. CERVECERÍA REGIONAL, plenamente identificadas en autos. De igual manera informó la Secretaria que no se encuentran presentes ninguna de las partes ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. En este Estado el Tribunal señala, que vista la incomparecencia de las partes a la presente Audiencia Oral de Juicio, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, es por lo que se hace forzoso concluir en la aplicación de los efectos señalados en la última parte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, relacionados con la extinción del proceso. Como consecuencia de lo antes expuesto este Tribunal procedió a administrar justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declarando: EXTINGUIDO EL PROCESO incoado por el ciudadano RAFAELGUILLERMO CORREA VAZQUEZ, contra la C. A. CERVECERÍA REGIONAL, plenamente identificadas en autos.
Abg. ALBA TORRIVILLA
LA JUEZ
Abg. GLORIA MEDINA
LA SECRETARIA
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
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