REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

En su nombre
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Sala de Juicio IV
196° y 147°
Asunto: AP51-V-2005-008487
Motivo: Divorcio.
Demandante: Ada Maria Martínez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-6.014.530.
Apoderada Judicial: Ricardo Navarro y Irma Silva, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 21085 y 21115.
Niño/ Adolescente: Maria Gabriela y Maria Vanessa Méndez Martínez, de diez (10) y ocho (08) años de edad, respectivamente.
Revisadas las Actas que conforman el presente asunto y vista la diligencia que antecede de fecha 25/10/2006, presentada por la Abg. Irma Silva, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 21115, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana Ada Maria Martínez, mediante la cual desiste del presente proceso, esta Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, impartiendo justicia en nombre de la República y por la autoridad de la ley, de conformidad a lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, da por consumado el desistimiento y le da carácter de cosa juzgada. Expídase por Secretaria copias certificada de la diligencia con inserción del presente auto y entréguese a la parte interesada. Devuélvase documentos originales y se ordena el archivo del expediente.
Regístrese y Publíquese.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los 27 días del mes de octubre del año 2006. Año 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
El Juez de Sala,
Emilio Ruiz Guía
El Secretario,
José Alberto Totesaut.