REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA SEXTO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Sala de Juicio Juez Unipersonal Nº 6
Caracas, 13 de Octubre de 2006
196º y 147º
ASUNTO: AP51-V-2005-003362

Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, y visto en especial auto dictado por este Tribunal en fecha dos (02) de Octubre de 2006, mediante el cual la Secretaria de este Tribual realizó computo de lapsos transcurridos en el presente asunto; así como diligencia presentada en fecha cinco (5) de Octubre de 2006, suscrita por la Abogada GILDA BRACHO, inscrita en el Inpreabogado Nº 7.896, en su carácter de apoderada de la parte demandada, ciudadana GLAMAR JOSEFINA BARRE RODRIGUEZ, suficiente identificada en autos, en atención a lo requerido, esta Sala de Juicio acuerda la REPOSICIÓN DE LA CAUSA, al estado de celebrarse nuevamente el segundo acto conciliatorio, conforme a lo dispuesto en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil. Notifíquese a las partes y a la Representación Fiscal. En consecuencia, se fija el tercer (3°) día de despacho siguiente a que conste en autos la última notificación de las partes, para la realización del segundo acto conciliatorio, a las diez de la mañana (10:00a.m.). Líbrese lo conducente. Cúmplase.
EL JUEZ


JOSÉ ANGEL RODRÍGUEZ REYES
LA SECRETARIA


MARY ROMERO LUNA

ASUNTO: AP51-V-2005-003362