REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Juez Unipersonal Nº 6
Sala de Juicio
Caracas, 19 de Octubre de 2006
196º y 147º
Asunto: AP51-V-2002-000928
Demandante: MERCEDES ZAIDA DELGADO RODIL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-4.249.170
Abogado Asistente: LUIS EDUARDO AVELEDO MORASSO y EVA CIFUENTES DE AVELEDO, inscritos en el Inpreabogados bajo los Nº 9.654 y 11.781, respectivamente.
Demandado: JOSE ILICH MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-3.386.875

Revisadas como han sido las Actas del presente asunto, y visto en especial diligencia de fecha siete (7) de Julio de 2006, suscrita por la ciudadana MERCEDES ZAIDA DELGADO RODIL, debidamente asistida por la abogada EVA CIFUENTES DE AVELEDO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 11.781, y por cuanto proceden a desistir de la presente Demanda de Divorcio Contencioso, que fuere incoada en contra del ciudadano JOSE ILICH MARTINEZ, supra identificado, este JUEZ UNIPERSONAL N ° VI DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y EL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, lo admite y Administrando Justicia Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le concede la Ley, de conformidad con lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA, en todas y cada una de sus partes dicho Desistimiento, lo da por consumado en los mismos términos en que fue suscrito y le imparte su aprobación, dándole el carácter de cosa juzgada. Asimismo, en cuanto a la solicitud de suspensión de las medidas acordadas en el cuaderno separado de medidas cautelares, este Tribunal proveerá una vez quede firma la presente decisión. Expídase por Secretaria copias certificada del Desistimiento, con inserción del presente auto; de igual forma se acuerda la devolución de los documentos originales consignados en el expediente, y entréguese a las partes interesadas, a tales fines se insta a los solicitantes a consignar los fotostatos necesarios, y una vez que consten en autos, remítase dichos originales mediante oficio a la Oficina de Atención al Público. Cúmplase.
EL JUEZ

JOSÉ ANGEL RODRÍGUEZ REYES
LA SECRETARIA

MARY ROMERO LUNA
ASUNTO: AP51-V-2002-000928