REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA SÉPTIMO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio Juez Unipersonal Nº VII
Caracas, 4 de Octubre de 2006
196º y 147º

ASUNTO : AP51-V-2006-009989

Vistas y analizadas las actas procesales que conforman la presente demanda de Cumplimiento de Régimen de Visitas, en especial lo que respecta a la medida cautelar de Prohibición de Salida del país de del Niño ------------, solicitada en el escrito libelar, petición que fuera ratificada por la representación judicial de la parte accionante, mediante escrito consignado en fecha 12 de Junio de 2006 y por diligencias de fecha 17 de Junio y 21 de Septiembre, de 2006, esta Sala en aras de garantizar el debido ejercicio del derecho que tiene el niño de compartir con su progenitor así como a que éste lo visite, siendo que se presume la existencia de un posible efecto negativo sobre tales concepciones, esta Sala de Juicio, considera procedente dicha solicitud y por tal declara con lugar la prohibición de salida del país del Niño -------------, hijo de los ciudadanos GABRIELA JOSE BERMUDEZ APONTE y LUIS ALEXANDER PEREZ MUÑOS, ambos venezolanos y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 12.096453 y V- 17.440.374. Asimismo se ordena oficiar a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX) y a las autoridades del Aeropuerto Internacional Simón Bolívar. Así se Decide.-
LA JUEZ

AIMAR VALENCIA RIZO
EL SECRETARIO ACC.

MARTIN JIMÉNEZ MUJICA
AVR/Aldo Gamarra
AP51-V-2006-009989