REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

Visto el escrito de Separación de Cuerpos y Bienes presentado por los ciudadanos AIMARA KARINA CAMPOS BARRIOS y RUBEN DARIO LIBERON, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números 13.406.194 y 8.290.202, respectivamente, asistidos por el abogado VICTOR RIBERO, inscrito en el I.P.S.A, bajo el número 110588, esta Sala de Juicio lo admite cuanto ha lugar en derecho, por cuanto no es contraria a ninguna disposición de Ley, al orden público ni a las buenas costumbres,