REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Circuito Judicial de Protección del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 23 de Octubre de 2006
196º y 147º
ASUNTO : AP51-X-2004-001222
Visto el escrito presentado por el Abogado Nimel Urquia Eduarte, en fecha 16 de octubre de 2006, por el cual desiste del presente procedimiento de intimación de honorarios profesionales, incoado en contra del ciudadano Alfonso de Berardinis Romero, titular de la cédula de identidad No. V-4.352.450, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente en virtud de que se encuentran llenos lo extremos previstos en la ley, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda HOMOLOGAR dicho DESISTIMIENTO en los mismos términos y condiciones expuestos, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente, se acuerda expedir por secretaria copias certificadas del escrito de desistimiento y de la presente sentencia, a los fines de que surta sus efectos legales. Cúmplase lo ordenado.-
La Juez
Sara Guardia Soto
La Secretaria
Alicia Guzmán Vidal.
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