REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio Nº XIV
Caracas, 04 de Octubre de 2006
196º y 147º
ASUNTO: AP51-S-2006-017198
Por recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial (URDD), anótese en los libros respectivos, acéptese y désele entrada. Visto el anterior escrito de solicitud de Homologación de Convenimiento de Régimen de Visitas, presentado por la ciudadana ELEONOR ALEGRETT DE PERIRA, en su carácter de Fiscal Nonagésima Segunda (92°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a solicitud de los ciudadanos JCM y OQ, venezolanos, mayores de edad, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 12.960.727 y V- 15.892.977, respectivamente, a favor de la niña (Se omite su identificación conforme a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánia para la Protección del NIño y del Adolescente).En consecuencia, este Tribunal lo ADMITE POR CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, por no ser contraria al orden público a las buenas costumbres y procede a HOMOLOGAR el presente CONVENIMIENTO DE RÉGIMEN DE VISITAS, en los términos allí expuestos, indicándosele a las partes que la presente homologación tiene fuerza ejecutiva. Todo de Conformidad con el artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente. Expídase por secretaría copias certificadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de procedimiento Civil. Líbrese oficio a la Oficina de Atención al Público, a los fines de remitirle copia certificada de la presente resolución, para que sea entregada a los interesados. Cúmplase.
LA JUEZ


ABG. YAQUELINE LANDAETA VILERA
LA SECRETARIA


ABG. INGRIT RONDÓN MONTIEL

YLV/IRM/Marjorie
Conv. Rég. Visitas