REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, de octubre del año Dos Mil Seis (2006).-
Años: 196º y 147º

Vista la solicitud presentada por la ciudadana Ana Victoria León de Serrano, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número 2.206.019, debidamente asistida por el abogado Juan López Blanco, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 17.316, mediante la cual requiere la rectificación del Acta de defunción de la ciudadana Hilda Tovar viuda de Serrano, que corre inserta en los libros de Registro Civil, llevados por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Pedro del Municipio Libertador del Distrito Capital, acta Nº 85, del año 2006, alegando que en dicha partida se incurrió en una omisión, de no señalar a los hijos de la difunta ciudadanos Juan Ramón y José Luis, ambos fallecidos, el Tribunal a los fines de su admisión observa: no consta a los autos partida de defunción del ciudadano José Luis, a quien se omitiera señalar en la partida que hoy se pretende rectificar, asimismo tampoco consta partidas de nacimientos de los ciudadanos Elio y Mayuli, es por lo que este juzgado insta a la solicitante, consignar los documentos supra mencionados en copias certificadas u original, una vez conste en autos lo aquí requerido, el Tribunal pasará a pronunciarse sobre la rectificación solicitadas.- Asi se establece.-
La Juez
La secretaria
María Rosa Martínez Catalán.-
Norka Cobis Ramírez.-