Republica Bolivariana de Venezuela
EN SU NOMBRE
Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas

Por recibido y visto el esctito de fecha Veintiocho (28) de Septiembre de Dos Mil Seis (2006), suscrito por la ciudadana Aura Marina Vargas, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 4.119.050, actuando con el carácter de Director de la Sociedad Mercantil CORPORACION JAVIMAR, C.A., debidamente asistida por el ciudadano Javier Eduardo Hernández, abogado en ejericicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 11.407, en el presente juicio por una parte y por la otra, el abogado en ejercicio Gerardo Enriquez Carabaño, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogada bajo el N° 36.225, quien actua en su caráter de apoderado judicial de la sociedad mercantil Banesco Banco Universal, C.A., en la cual consignarón transacción celebrada en el presente procedimiento, este Tribunal a los fines de resolver observa:
Luego de una revisión minuciosa de los instrumentos cursantes a los autos, se verifica que ambas partes tienen capacidad para disponer del objeto sobre el cual versa la controversia y que el derecho litigioso puede ser objeto de esta actuación procesal; Igualmente, se pudo constatar que los referidos profesionales del derecho que suscriben dicha transacción tiene facultad expresas para celebrar transacciones. En tal virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil y cumplidos como se encuentran los extremos legales contenidos en los artículos 1.713, 1.714 y 1.718 del Código Civil, este Tribunal, en nombre de la República Bolívariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción antes referida, dando por consumado el acto, por consiguiente, se da por terminado el juicio, debiéndose considerar la presente providencia como Sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada, en los mismos términos en que fue suscrita por las partes.-
Regístrese, publiquese y dejese copia certificada de esta proviencia en el Departamento de Archivo de este Juzgado.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en la ciudad de Caracas, a los dieciséis (16) días del mes de Octubre del año Dos Mil Seis (2.006). Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.-
El Juez Titular,


Dr. Carlos Spartalian Duarte


El Secretario,


Abog. Jesús Albornoz Hereira
En la misma fecha, se libró copia certificada de la providencia anterior y se en el Departamento de Archivo del Juzgado, por aplicación analógica del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
El Secretario,


Abog. Jesús Albornoz Hereira
CSD/JAH/john.-
Exp. Nº 02-0378.-