República Bolivariana de Venezuela
En su nombre

Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial
del Area Metropolitana de Caracas.


PARTE SOLICITANTE: Marinelly Díaz saporiti, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cedula de Identidad numero 15.835.452.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE SOLICITANTE: Pedro Marte Nagel., Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 93.350.

MOTIVO: Rectificación de Acta de Nacimiento.

Vista la anterior Solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento presentada por el ciudadano Pedro Marte Nagel., en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Marinelly Díaz Saporiti, antes identificada, quien solicita la Rectificación de la Partida de Nacimiento, la cual se encuentra asentada ante el Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Agustín, Municipio Libertador, Distrito Capital, en fecha 24 de Enero de 1984, se incurrió en el presente error material: Que al momento de señalar el lugar de Nacimiento de su madre se coloco Natural de Italia”, siendo lo correcto “Natural de Monterosso al Mare, Provincia de la Spezia, Italia”.
Para sus efectos probatorios acompaño a la solicitud: Original de Acta de Nacimiento, instrumento de poder, copia de la cedula de identidad, Copia de la partida de Nacimiento de la ciudadana Rosarina Saporitti, Copia del Cuestionario Militar, Copia del Pasaporte, copia de la cedula de identidad. Probado como ha sido lo alegado y visto el error cometido, que no amerita la tramitación de un juicio ordinario de Rectificación, se procede a tramitarlo meramente, en tal sentido este Juzgado Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO consignadas y donde aparezca en el Acta de Nacimiento “Natural de Italia”. Debe decir natural de “Monterosso al Mare, Provincia de la Spezia, Italia” En consecuencia, líbrese Oficio acompañado de Copias Certificadas del escrito de Solicitud y de la presente providencia, a las autoridades respectivas a los fines de dar cumplimiento con lo establecido en los artículos 773 y 774 ambos del Código de Procedimiento Civil.-

Regístrese y Publíquese.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en la ciudad de Caracas, a los diecinueve (19) días del mes de Octubre del año dos mil seis (2.006).- AÑOS: 196 de la Independencia y 147º de la Federación.-
El Juez Titular,

Dr. Carlos Spartalian Duarte


El Secretario,

Ab. Jesús Albornoz Hereira


En esta misma fecha siendo las dos y veinte minutos (11:00 p.m.) de la tarde se registró y publicó la anterior providencia.-.-

El Secretario,


Ab. Jesús Albornoz Hereira





CSD/JAH/oscar.
Exp N°06-0840