REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO UNDECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, 23 de octubre de 2006
196° y 147°
Visto el escrito de AMPARO CONSTITUCIONAL presentado por ANTONIO BELLO LOZANO MARQUEZ y LEANDRO CARDENAS CASTILLO, abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 16.957 y 106.687 respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano HERNAN SOSA PIMENTEL, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. 2.853.801, el Tribunal le da entrada y acuerda anotarla en el libro de causas respectivos llevados por ante este Juzgado y lo admite cuanto ha lugar de conformidad con lo dispuesto en el 23 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. En consecuencia se ordena la notificación del presuntamente agraviante: JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACION CIVIL MAGNUM CITY CLUB, constituida según documento inscrito ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Municipio Baruta del Estado Miranda, en fecha 09 de junio de 1995, bajo el No. 28, Tomo 42, Protocolo Primero, en la persona de su Presidente ciudadano JOSE MIGUEL MENDEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, para que en el lapso de las noventa y seis (96) horas siguientes a la constancia en autos de su notificación, se fije oportunidad para que se verifique la Audiencia Oral y Pública. Notifíquese mediante oficio al Fiscal del Ministerio Público acerca de la apertura del presente procedimiento, tal como lo establece el Artículo 15 de la precitada Ley y acompáñese a la misma copia certificada del escrito de la solicitud y del presente auto. Líbrese Boleta y Oficio una vez conste en autos los fotostatos requeridos.-
LA JUEZ,
EL SECRETARIO ACC.,
ABG. ELIZABEHT BRETO GONZALEZ
JOSE OMAR GONZALEZ.-
EBG*JOG*Sonia.
Exp. 23922
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-
EL SECRETARIO,