REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, (4), de octubre de 2.006
196° y 147°
Visto el escrito de AMPARO CONSTITUCIONAL presentado por el ciudadano JOSE MANUEL VERA GUDIÑO, venezolano mayor de edad, de este domicilio, comerciante, titular de la cedula de identidad Nro. V-4.281.699, asistido en este acto por los abogados en ejercicio, ADRIANA CITTADINO DEL POPOLO DOVO y ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SANCHEZ, quienes son venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cedulas de identidad Nros. 14.484.893 y 11.305.913, respectivamente, abogados en ejercicio inscritos en el inpreabogado bajo los Nros. 97.815 y 57.540, el Tribunal le da entrada y acuerda anotarla en el libro de causas respectivos llevados por ante este Juzgado y lo admite cuanto ha lugar de conformidad con lo dispuesto en el 23 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. En consecuencia se ordena la notificación del presunto agraviado ciudadano GUILLERMO GARCIA, mayor de edad titular de la cedula de identidad V-4.008.570, en su carácter de Presidente ASOCIACION CIVIL DE CONCECIONARIOS DEL MERCADO DE CATIA (MERCATIA), para que en el lapso de las noventa y seis (96) horas siguientes a la constancia en autos de la última notificación, se fije oportunidad para que se verifique la Audiencia Oral y Pública. Notifíquese mediante oficio al Fiscal del Ministerio Público acerca de la apertura del presente procedimiento, tal como lo establece el Artículo 15 de la precitada Ley y acompáñese a la misma copia certificada del escrito de la solicitud y del presente auto. Líbrese Boleta y Oficio una vez conste en autos los fotostatos requeridos.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
EL SECRETARIO
ELIZABETH BRETO GONZÁLEZ.
JOSE OMAR GONZALEZ
EBG*JOG*Gustavo.
Exp. 23.847