REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
SENTENCIA: DEFINITIVA
EXPEDIENTE: 23.273
PARTE SOLICITANTE: JESUS RAFAEL COTY GUTIERREZ y LUISA MERCEDES CASTILLEJOS BALSA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V- 9.523.904 y V- 11.042.983, respectivamente.-
ABOGADO ASISTENTE: STALIN A RODRIGUEZ S, Abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 58.650.-
MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS.
Comienza la presente solicitud de Separación de Cuerpos con la interposición de dicha solicitud por parte de los ciudadanos JESUS RAFAEL COTY GUTIERREZ y LUISA MERCEDES CASTILLEJOS BALSA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V- 9.523.904 y V- 11.042.983, respectivamente, debidamente asistidos por el ciudadano STALIN A RODRIGUEZ S, Abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 58.650, por auto de fecha 03 de diciembre de 2004, este Juzgado decretó la Separación de Cuerpos, en los mismos términos, fines y condiciones por ellos convenidos, de conformidad con lo establecido en el artículo 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el párrafo primero del artículo 762 del Código de Procedimiento Civil.
El 09 de marzo de 2005, se libro boleta de notificación al Fiscal del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Por auto de fecha 14 de diciembre del 2005, comparece la ciudadana ROSA ICELA LAMON MUÑOZ, Alguacil de este Juzgado, consignando copia de la boleta de notificación debidamente firmada y sellada por el FISCAL 102 DEL MINISTERIO PUBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, en fecha 14 de diciembre de 2005.
En fecha 07 de febrero del 2005, comparece ante este Tribunal el ciudadano JESUS RAFAEL COTY GUTIERREZ, debidamente asistido por el abogado en ejercicio ARTUROJOSE FERRER, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 97.691, a los fines de que este Tribunal se sirva a declarar la conversión en Divorcio, previa notificación de la ciudadana LUISA MERCEDES CASRTILLEJO BALZA.
Ahora bien, siendo la oportunidad legal para decidir este Tribunal hace las siguientes consideraciones:
PRIMERO: desde el 03 de Diciembre de 2004, fecha en la que fue acordada la Separación de Cuerpos de los cónyuges, hasta la presente fecha ha transcurrido más de un año.
SEGUNDO: no existe pruebas en autos de que haya operado la reconciliación entre los cónyuges durante el referido lapso.
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la Conversión en DIVORCIO de la Separación de Cuerpos existentes entre los ciudadanos JESUS RAFAEL COTY GUTIERREZ y LUISA MERCEDES CASTILLEJOS BALSA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V- 9.523.904 y V- 11.042.983, respectivamente, y disuelto el vínculo matrimonial contraídos por ellos por ante la Jefatura Civil Caracciolo Parra Pérez de la ciudad de Maracaibo, Estado Zulia, según acta N° 126, de fecha 16 de julio del 2004, inserta en el libro N° 1, tomo 1 del año 2004.-
Regístrese, Publíquese y Notifíquese.
Dada, firmada y sellada en la sala del Despacho del Tribunal Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo se acuerda notificar a las autoridades correspondientes.- Caracas, _____ de __________de 2006.- Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.-
LA JUEZ
DRA. ANGELINA GARCÍA HERNÁNDEZ
LA SECRETARIA, ACC.
KELYN CONTRERAS.
EXP. 23.273
AGH/KC/laura.
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