REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DUODECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, de de 2006.
Años 196° y 147°.

Visto el escrito que encabeza las presentes actuaciones y las justificaciones evacuadas al efecto, este Juzgado sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y conforme con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara como HEREDEROS, a los ciudadanos JOSEPH VLADIMIR MORALES RONDÓN y NELLY ISABEL D´HOY DE RONDON; de la De Cujus ciudadana JANNY MATILDE RONDON D´ HOY, quien en vida fuera titular de la Cedula de identidad V.-5.567.445, advirtiéndose que se deja a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones con sus resultas a los solicitantes, previa su certificación por Secretaría.
LA JUEZ.


Dra. ANGELINA GARCIA HERNANDEZ

LA SECRETARIA ACC.

KELYN CONTRERAS.


EXP. No. S-6971.-
AGH/KC/Alixon.-