REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




EN SU NOMBRE:
JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Sentencia Definitiva
Expediente N°T-8239
PARTE SOLICITANTE: ANA ISABEL CASTELLANOS DE VARGAS, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 15.404.012.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.

Vista la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO presentada por la ciudadana ANA ISABEL CASTELLANOS DE VARGAS, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 15.404.012; y a los fines de dar pronunciamiento sobre la misma, este Tribunal observa:
Revisadas como han sido las actas del presente expediente y visto el escrito presentado por la solicitante se evidencia que la solicitante no cumplió con el requisito establecido en el artículo 4 de la Ley de Abogados el cual expresa lo siguiente: “Toda persona puede utilizar los órganos de la administración de justicia para la defensa de sus derechos e intereses. Sin embargo, quienes sin ser abogado deba estar en Juicio como actor, como demandado o cuando se trate de quien ejerza la representación de la Ley o en virtud de contrato, deberá nombrar abogado, para que la represente o asista en todo el proceso” (OMISIS);es decir, que la ciudadana ANA ISABEL CASTELLANOS DE VARGAS, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 15.404.012; no se encuentra debidamente, tal y como lo exige la ley, asistida de Abogado en el escrito de solicitud que esta presenta; en consecuencia este tribunal en virtud de lo antes expuesto NIEGA la solicitud, por ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres y a las disposición expresa por la Ley.
Publíquese, Regístrese y déjese copia.
Dada, firmada, y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los _____ días del mes de ______________ de 2006 Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación.
LA JUEZ

Dra. ANGELINA GARCÍA HERNÁNDEZ
LA SECRETARIA Acc

KELYN CONTRERAS



Exp Nº T-8239
AMGH/KC/arelys