REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, dieciséis (16) de octubre de dos mil seis (2006), siendo las 8:30 de la mañana, se trasladó y constituyó el Abogado, LUIS HERNÁNDEZ FABIEN, Juez Quinto de Municipio Ejecutor de Medidas y la Secretaria, Abg. MARIELEN RODRÍGUEZ R., en compañía de los Apoderados Actores, PEDRO SOJO y AQUILES BALCAZAR, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 13.331 y 25.833, así como de los auxiliares de justicia designados por este Juzgado, ciudadanos, JOSÉ MIGUEL PÉREZ, depositario de la firma LA R.C. C.A. y JUAN CRESPO, como perito avaluador, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 635.140., y 2.981.264, respectivamente, quienes aceptaron los cargos y prestaron el juramento de ley, tal y como consta del libro de actas llevado al efecto; en la siguiente dirección: apartamento signado con el N° 4, ubicado en el edificio Brasil, entre la Quinta y la Sexta Avenida, Sector Catia, Parroquia Sucre de esta ciudad de Caracas; a fin de dar cumplimiento a la medida de ENTREGA MATERIAL, decretada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con motivo del Juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, sigue SALUZZO PALERNO GIOVANNI, contra ESPINOZA COELLO JACQUELINE VERÓNICA. Seguidamente el Tribunal procedió a dar los toques de ley a las puertas del inmueble, sin que persona alguna respondiera al llamado judicial. Acto seguido el Tribunal a solicitud de los apoderados actores y en cumplimiento de su misión pasa a hacer la ENTREGA MATERIAL, real y efectiva del siguiente bien inmueble: Inmueble constituido por una casa signada con el N° 104, ubicada en la Calle Principal del Barrio Nuevo Chapellín, entre la Avenida Nivaldo y Chapellín, Parroquia El Recreo, Municipio Libertador del Distrito Capital, a la parte actora, representada en este acto por sus apoderados judiciales, abogados ROSANNA CORDARO y VICTOR BERVOETS, quienes exponen: “Recibimos conformes el inmueble antes identificado en nombre de nuestra representada, es todo.” En este Estado los apoderados actores ROSANNA CORDARO y VICTOR BERVOETS exponen: “Por cuanto la ejecutada ha procedido al retiro total de sus bienes muebles, recibimos conformes el inmueble libre de bienes y personas, joyas, dinero y títulos valores, con tan solo un poco de basura como periódicos viejos y rotos y pedazos de cartones rotos, es todo.” El Tribunal ordena expedir copias certificadas del presente Despacho íntegro, a fin de que las mismas reposen en los archivos de este Tribunal para su debido control. Este Tribunal deja expresa constancia que las presentes actuaciones no causaron para este Juzgado ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno. Lo enmendado “Juez, como, número, procedió, Chapellín, Municipio, conformidad, constancia, Actores, comisión”, vale. Siendo las 11:35 de la mañana, este Juzgado declara concluido el presente acto y ordena el regreso a su sede. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ
ABG. LUIS HERNÁNDEZ FABIEN
LOS APODERADOS ACTORES
LA EJECUTADA
EL DEPOSITARIO
EL PERITO
LA SECRETARIA
ABG. MARIELEN RODRÍGUEZ R.