REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, Martes Veinticuatro (24) de Octubre del año dos mil seis (2006), siendo las (9:30 am), se trasladó y constituyó el Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la Juez Titular, Abogada Maria Cecilia Conde Monteverde, en compañía de la Secretaria Titular, Abogada Aurimar Flores Madera, de la Parte Actora Acciónante, ciudadano José Morales Zambrano, Venezolano, mayor de edad e identificado con la cédula de Identidad N° 2.993.097; y del Abogado William González, inpreabogado N° 52.600; quien actúa como Procurador del Trabajo y Apoderado Judicial del Actor; a objeto de dar cumplimiento a la sentencia dictada por el Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en virtud de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el Abogado William González, actuando como Procurador de Trabajadores y Apoderado Judicial del ciudadano José Morales Zambrano; contra el desacato de la Empresa “Italiferre 1957, C.A”, a dar cumplimiento a la Providencia Administrativa N° 725-04 dictada en fecha 15 de Junio del 2.004 por la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital, Municipio Libertador; en la siguiente dirección: “ Italiferre 1957, C.A, ubicado en el local 169, Avenida Atlántico N° 3524, Catia, Municipio Libertador del Distrito Capital.- Seguidamente en el lugar supra-identificado el cual tiene sus puertas abiertas al público, el Tribunal en cumplimiento de la misión encomendada , notifica al ciudadano : Filippo Ferruccio Porco Cervone, Venezolano, mayor de edad e identificado con la cédula de Identidad N° 14.952.283; de la Sentencia dictada por el Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en fecha 22 de Junio del 2005, la cual es del tenor siguiente: “1°- Declara Procedente la acción de amparo interpuesta por el abogado William González, en su condición de Procurador de Trabajadores y Apoderado Judicial del ciudadano José Morales Zambrano, contra el desacato de la Empresa Italiferre 1957, C.A, a dar cumplimiento a la Providencia Administrativa N° 725-04 dictada en fecha 15 de junio del 2004 por la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital, Municipio Libertador” y 2° “Ordena a la Empresa Italiferre 1957, C.A”, el cumplimiento de la providencia Administrativa N° 725-04, dictada en fecha 15 de Junio del 2004 por la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital, Municipio Libertador, dentro de un lapso que no excederá de ocho (08) días continuos a partir de que conste en autos que se haya dado por notificado de la presente decisión, en tal sentido deberá reenganchar al accionante a su sitio habitual de trabajo y en las mismas condiciones en las cuales las venía desempeñando con el consiguiente pago de los salarios caídos dejados de percibir desde el momento de su despido el 20 de Enero del 2003, y hasta su reincorporación definitiva…”.- En este estado el notificado, expone: “Informo al Tribunal que soy hijo del Presidente de la Empresa demandada Italeferre 1957, C.A, Mateo Porco y que estos momentos no se encuentra el vice-presidente Carmine del Bagno; y que yo soy el encargado de la Ferretería demandada Italiferre 1957, C.A, notificada en este acto.- Cumplida la misión del Tribunal, da por terminado el acto las 11:50 am. Termino se leyó y conformen firmas
LA JUEZ TITULAR
El Notificado de la Empresa
Italiferre 1957.C.A.
El Accionante Ejecutante
El Apoderado Actor
Procurador de Trabajo
La Secretaria
Comisión Nro. 1616-06.-