REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy, cuatro (04) de Octubre del año dos mil seis (2006), siendo las (9:30 am), se trasladó y constituyo el Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la Juez Titular, Abogada Maria Cecilia Conde Monteverde, en compañía de la Secretaria Titular, Abogada Aurimar Flores Madera, de la Apoderada Judicial de la Parte Actora, Abogada Patricia Bittar, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 49.998, en la siguiente dirección: Quinta Villa Carlota, ubicada en la Segunda (2da) Avenida de Campo Alegre, Municipio Chacao del Estado Miranda; a objeto de practicar la medida de Embargo Ejecutivo, decretada y ordenada por el Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia Para El Régimen Procesal Transitorio de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción
Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del Juicio que por Concepto de Prestaciones Sociales, sigue Ricardo A. Mariño, contra Televisión de Margarita, C.A., expediente N° 9978 TI-19(9°).- Seguidamente en el lugar supra-identificado el cual tenia sus puertas abiertas, el Tribunal notificó de su misión al ciudadano: Rafael José Millan Quevo, identificado con la cédula de Identidad N° V-3.976.261; quien manifestó ser Gerente de Seguridad de Televisión de Margarita; la cual tiene sus oficinas administrativa, aquí en el lugar donde se encuentra constituido el Tribunal.- Así mismo manifestó que se comunicó vía telefónica con el Presidente de la Empresa, ciudadano: Arturo Sarmiento, quien se haría presente en el acto. En éste estado el Tribunal deja constancia que se encuentra presente en el acto, el Cabo Primero 8697., Gruber Malave, cédula de Identidad N° 11.197.432, Adscrito a los Tribunales Ejecutores de Medidas.- Acto Seguido se hizo presente en el acto el ciudadano: Arturo Sarmiento Pérez, identificado con la cédula de Identidad N° V- 11.669.931, quien notificado de la misión del Tribunal manifestó ser el Presidente de Televisión de Margarita C.A; debidamente asistido por el Abogado Carlos Enrique Fernández González, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 19.742; a quien se le permitió el Despacho para su lectura, y de seguidas, expone: “ No existiendo alternativa legal, mi representada ofrece pagar las siguientes partidas de dinero, en los plazos señalados a continuación: A) La suma de Diez Millones de Bolívares (Bs. 10.000.000,oo), el día 20 de Octubre de éste año; b) La suma de (Bs 28.350.265,oo) el día 20 de Noviembre de éste año, y c) La suma de (Bs. 28.350.365,oo) el día 20 de Diciembre de éste mismo año.- El lugar de pago de éstas tres cuotas será el Despacho del Apoderado Actor, Abogado Jorge Tahan Bittar, cuya dirección declaro conocer.- Las sumas que ofrezcas pagar comprenden la totalidad de la deuda y los gastos, y cuentas derivada o consecuencia de dicha deuda, con excepción únicamente de los intereses y corrección monetarias que serán recalculadas una vez se configure el último pago de la obligación, para lo cual la Parte Actora solicitara del Tribunal que el mismo experto que ha sido designado para la corrección que consta en autos, efectué el nuevo cálculo de los intereses y corrección monetaria.-Queda expresamente convenido que el incumplimiento en el pago de una cualquiera de las cuotas a su debido vencimiento dará derecho al Actor a continuar con la ejecución sobre el saldo insoluto, aún sobre la cuota no vencida, y los bienes que sean embargados podrán ser sacados a remate mediante el avaluó de un único perito designado por el Tribunal y un solo cartel de remate” Es todo.- En éste estado la Apoderada Actora; expone: “Acepto el ofrecimiento de pago anteriormente planteado y solicito al Tribunal se abstenga de practicar la medida de Embargo Ejecutivo y devuelva la comisión al Comitente” Es todo.- Visto el ofrecimiento de pago y su aceptación, el Tribunal se abstiene de practicar la medida de Embargo Ejecutivo comisionado, y devuelve la comisión al Comitente, da por terminado el acto siendo las (11:55 am).- Terminó, se leyó y conformes firman.-
La Juez Titular
El notificado
El Apoderado Actor

El Representante de la Demandada
y su abogado asistente
El Funcionario de la PM


La Secretaria