REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, tres (03) de octubre de 2006.
Años 196º y 147º


Vista la diligencia suscrita en fecha 02 de octubre de 2006, por la abogada NILYAN SANTANA LONGA, apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual solicita la notificación de la parte demandada CARLOS HELIMENAS SEGURA AÑEZ, mediante cartel, en virtud de la imposibilidad del Alguacil de este Tribunal en realizar la notificación personal, a los fines de reanudar la presente causa; este Tribunal acuerda lo solicitado. En consecuencia, ordena la notificación de CARLOS HELIMENAS SEGURA AÑEZ mediante cartel publicado en el Diario ULTIMAS NOTICIAS, de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil. Líbrense el correspondiente Cartel.-
El Juez,

Dr. Víctor José González Jaimes
El Secretario,

Abg. Richars Mata.



VJGJ/RM/ZOVIG
EXP. Nº 8915











REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, 03 de octubre de 2006
Años 196° Y 147°

CARTEL DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

Al ciudadano CARLOS HELIMENAS SEGURA AÑEZ, en su carácter de Director Presidente de la compañía COMERCIALIZADORA DON CARLOS D.C., C.A., parte demandada; que de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se les concede un lapso de diez (10) días de Despacho, contados a partir de la publicación del presente Cartel en el diario ÚLTIMAS NOTICIAS y su consignación en autos, para que comparezca por ante este Juzgado a darse por notificado, a los fines de reanudar la presente causa; en el expediente N° 8915, de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio que por RENDICIÓN DE CUENTAS, sigue en su contra la Sociedad Mercantil INGSA INGENIO LA TRONCAL, S.A..-
Se le advierte que de no comparecer en el lapso señalado, se le tendrá por notificada y que en todo caso el lapso para interponer algún recurso, comenzará a contarse a partir del vencimiento del lapso para la comparecencia.-

EL JUEZ


Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES





VJGJ/ZOV
Exp: 8915