REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, tres (03) de octubre de dos mil seis (2006).-
Años 196º y 147°
Vista la diligencia suscrita en fecha dos (02) de octubre de 2006, por el abogado LUIS GERMAN GONZALEZ PIZANI, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 43.802, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual solicita copia certificada de todas las actuaciones que cursan en este expediente; este Tribunal, acuerda lo solicitado. En consecuencia, ordena expedir por secretaría las copias certificadas solicitadas con inserción de la diligencia mediante la cual las solicita y del presente auto que las acuerda. Elabórense las copias por el procedimiento de fotostato, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 deL Código de Procedimiento Civil.
El Juez,
Dr. Víctor José González Jaimes
El Secretario,
Abg. Richars Domingo Mata
VJGJ/RDM/zov
Exp. N° 9366
Quien suscribe abogado Richars Domingo Mata, Secretario Titular del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Certifica: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de los originales que corren insertos en el expediente signado con el N° 9366 contentivo del juicio de INTERDICTO DE DESPOJO incoado por CAR PARKING, C.A. en contra de ALCALDIA DEL DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en el artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Caracas, tres (03) de octubre de dos mil seis (2006).
El Secretario,
Abog. Richars Domingo Mata
RDM/zovig
Exp. N° 9366