REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diecinueve de octubre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: AN36-V-2004-000024
Se refiere el presente caso a una demanda arrendaticia de reintegro de depósito que presentaron los ciudadanos IRIS NACELIA SÁNCHEZ DE RODRIGUEZ y JOSÉ ALBERTO RODRIGUEZ AMADOR, contra ISABEL COROMOTO SÁNCHEZ.
Dicha demanda fue admitida el 06 de julio de 2004; pero desde esa fecha nunca más volvió al juicio la parte actora, demostrando con esa ausencia de más de dos años que ha perdido todo interés en proseguir el curso de la presente causa, actualizándose el supuesto de hecho de la perención de la instancia prevista en el art. 267 CPC.
Parte Dispositiva
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA.
El Juez
JOSE EMIOLIO CARTAÑÁ ISACH
El secretario
HECTOR VILLASMIL