REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, cuatro de octubre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: AN36-V-2001-000030
Se refiere el presente caso a una demanda de resolución de contrato de arrendamiento presentada por la empresa CONSTRUCTORA BUFALO C.A. contra la empresa INVERSIONES PRE-HOR S.A.
La presente demanda fue admitida en fecha 12 de noviembre de 2001.
Hora bien, es el caso que una vez agotada sin resultado las gestiones del alguacil para la citación personal de la parte demandada; y una vez publicado por la prensa los carteles de citación y nombrado el defensor ad-litem en fecha 30 de agosto de 2004, el procedimiento quedó paralizado en ese estado, sin que la parte actora le diera el impulso procesal que seguía a continuación de ese nombramiento, como era la notificación del defensor para su aceptación o excusa, y en caso de lo primero, para su citación personal; ya que en fecha 11 de noviembre de 2004 el Alguacil devolvió la boleta de notificación que fuera librada al Defensor Ad-litem, por haber transcurrido más de noventa días sin que la parte actora se interesada en cumplir con las obligaciones de ley para practicar dicha notificación.
Además, de los autos aparece que la fijación que hace el Secretario de un cartel en el domicilio del demandado, de conformidad el art. 223 CPC, no fue realizada.
Esta claro entonces, que la parte actora se ha desinteresado completamente por proseguir el curso de la causa, incurriendo con ello en el supuesto del art. 267 CPC. Así se declara.
RESUELVE
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la perención de la instancia.
El Juez
JOSE EMILIO CARTAÑÁ ISACH

El Secretario
HECTOR VILLASMIL