REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO VIGESIMO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 19 de Octubre de 2006
196° Y 147°
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2006-003742
PARTE ACTORA: JESUS NOUEL, V-11.603.672
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: NO PRESENTO
PARTE DEMANDADA: REHABILITACIONES L.M. GYM, C.A., Inscrito en el registro Mercantil II de la Circunscripción del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 25 de marzo del año 1994, bajo el número 1, tomo 100-A-Pro.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: NO PESENTO
MOTIVO: Prestaciones Sociales
ACTA
En el día hábil de hoy, 19 de Octubre de 2006, siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, en el presente juicio, a la hora arriba señalada, se procedió a anunciar el presente acto por el Alguacil en la Sala de comparecencia, del Edificio Centro Financiero Latino, dejando constancia expresa de la incomparecencia de la parte demandante JESUS NOUEL por si o por medio de apoderado judicial y de la incomparecencia de la demandada REHABILITACIONES L.M. GYM, C.A. Visto que la asistencia a la Audiencia Preliminar es de carácter obligatorio, es por lo que, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA LA PRESENTE DECISION. Años 196° y 147°.
DIOS Y FEDERACION
GILBERTO ANTONIO ALFARO GUERREIRO
JUEZ
ABG. NORIALY ROMERO
SECRETARIA
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del JUZGADO VIGESIMO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. En Caracas, a las 11:00 a.m. del día diecinueve (19) de Octubre de 2006. Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación
Nota: En esta misma fecha, cumplidas las formalidades de Ley, se dictó y publicó la presente decisión siendo las 11:00 a.m.
ABG. NORIALY ROMERO
SECRETARIO
EXP: AP21-L-2006-003742
GAA/Nr
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
|