REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
SECCION DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCION
SALA 102

Caracas, 18 de Septiembre de 2006
196° y 147°

Considerando que la presente causa, distinguida con el Nº 00-079, seguida al ciudadano: (Identidad Omitida), se encontraba fijada una audiencia oral y reservada a los fines de revisión de la medida, para el día 21-08-06, a las 09-30 de la mañana, la cual no pudo celebrarse en virtud del receso judicial que acordara el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena, según Resolución Nº 72 publicada en Gaceta Oficial Nº 38.496 del 9 de agosto de 2006, desde el 15-08-06 hasta el 15-09-06, ambas fechas inclusive, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, en ejercicio de las atribuciones legales que le confieren los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, acuerda: PRIMERO: Diferir la audiencia de revisión de la medida para el día MIERCOLES 27-09-06 a las 09:30 horas de la mañana. SEGUNDO: Librese oficio a la Casa de Reeducación, Rehabilitación e Internado Judicial “El Paraíso”, a los fines de remitirle copia certificada de la ficha técnica de sentencia del sancionado de autos. TERCERO: Comisionar a funcionarios adscritos al Destacamento de la Guardia Nacional, con el objeto que realicen el traslado correspondiente. CUARTO: Librese Boleta de Reingreso y de Traslado. QUINTO: Notifíquese a las partes. Provéase lo conducente. Cúmplase.-
LA JUEZ


DRA. MARIELA GOMEZ URDANETA.

LA SECRETARIA

ABG. ARACELIS TILLERO
EN ESTA MISMA FECHA SE DIO CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO POR ESTE TRIBUNAL.
LA SECRETARIA

ABG. ARACELIS TILLERO
J1•E-EXP N° 00-079/MGU/mirian.-