ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2006-002941
PARTE ACTORA: VICTOR MANUEL SANTILLAN
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Consuelo Márquez y María Quevedo
PARTE DEMANDADA: “FUENTE DE SODA LA PALMA REAL, S.R.L.”
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Carmen Luisa Martinez
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy, viernes veintidós (22) de septiembre de 2006, día y hora fijado 09:00 a.m.) para que tenga la lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoado por el ciudadano VICTOR MANUEL SANTILLAN contra la demandada “FUENTE DE SODA LA PALMA REAL, S.R.L.”. Seguidamente este Tribunal deja constancia de la comparecencia de la ciudadana: CARMEN LUISA MARTINEZ, titular de la cédula de identidad N° 9.061.861, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 26.697, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada “FUENTE DE SODA LA PALMA REAL, S.R.L.”, según copia del poder que consigna ad efectum videndi, previa confrontación con su original, e igual forma se deja constancia de la presencia de la ciudadana XIOMARY CASTILLO, titular de la cédula de titular de la cédula de identidad N° 6.631.927, Procuradora del Trabajo, e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 102.750. Como punto previo la apoderada Judicial de la parte demandada expone: “ Sin que mi presencia convalide en este acto la comparecencia de la procuradora del Trabajo arriba identificada, toda vez, que en fecha 19-09-2006, mediante diligencia que corre inserta en folio 18 el trabajador demandante otorgó poder apud acta a otros abogados privados revocando con ello tácitamente el poder conferido a los procuradores del trabajo que corre en los folios 7 y 8 y en vista de la incomparecencia del demandante en este acto, es la razón por la cual solicito al Despacho se tenga como desistido el presente procedimiento, es todo”. En este estado la Procuradora del trabajo manifiesta: “No tengo nada que agregar”. Vista la exposición de las partes, este Juzgador efectivamente pudo constatar que al folio 18 del expediente cursa diligencia de fecha 19-9-2006 suscrita por el trabajador debidamente asistido por la abogada CONSUELO MARQUEZ, donde otorga poder apud acta a esta última y a la profesional del derecho LUZ MARIA QUEVEDO, Ahora bien, el articulo 165 del Código de Procedimiento Civil en su ordinal 5° por aplicación analógica del articulo 11 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo prevé, que la representación de los apoderados cesa: “Por la presentación de otro apoderado para el mismo juicio, a menos que se haga constar lo contrario”. En el caso de marras, de la lectura del mencionado poder apud acta no se desprende de forma expresa que el otorgamiento de dicho poder (apud acta) no significaba la revocatoria del poder anterior, lo cual por argumento en contrario se debe entender que el poder primigenio quedo revocado tácitamente al otorgase el poder de fecha 19-9-06, trayendo como consecuencia que la ciudadana XIOMARY CASTILLO, Procuradora del trabajo, no esta facultada actualmente para ejercer la representación legal del demandante no presente en este acto, siendo forzoso para este Juzgado considerar que la parte actora, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, compareció a la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja constancia que a la parte demandada presentó escrito de pruebas al inicio de la audiencia y fueron devueltas. Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas a los veintidós (22) días del mes de septiembre de dos mil seis (2006). PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 147° y 195°
El Juez


Abg. Franklin Porras Mendoza

El Secretario





Las Presentes

“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”