REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, veintidós (22) de septiembre de dos mil seis (2006)
196º y 147º
EXPEDIENTE N°: AP21-S-2006-001576.
PARTE ACTORA: JOHANA KATIUSKA CARRANZA GUERRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-14.644.419, de este domicilio.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITO.
PARTE DEMANDADA: BOEHRINGER INGELHEIM, C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: EDHALIS YURIE NARANJO YUNCOSA, inscrita en el Instituto Previsión Social del Abogado, bajo el número 91.280.
TERCERO INTERVINIENTE: ADECCO EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL, C.A.
APODERADO DEL TERCERO INTERVINIENTE: JENNIFER GUITIERREZ BARRETO, inscrita en el Instituto Previsión Social del Abogado, bajo el número 112.696.
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS.
Inicia el presente procedimiento, formal solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, interpuesta por la ciudadana JOHANA KATIUSKA CARRANZA GUERRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-14.644.419, de este domicilio, en fecha 2 de junio de 2006; la cual una vez distribuida conforme al Sistema Juris 2000, establecido a tales efectos, fue recibida por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de este Circuito, en fecha 8 de junio de 2006, y admitida en fecha 9 de junio de 2006; él cual en el auto respectivo, ordenó mediante cartel, la notificación de la demandada, BOEHRINGER INGELHEIM, C.A., en la persona del ciudadano JEICOBS VALZA, en su carácter de Gerente de Eventos Especiales de la demandada; para que compareciera a la audiencia preliminar, a las 9:00 a.m. del décimo (10º) día hábil siguiente, a la constancia en autos de la certificación del Secretario del Tribunal, de haberse cumplido la notificación. En esa misma fecha se libró cartel de notificación a la demandada.
En fecha 21 de junio de 2006, la parte demandada, mediante escrito de intervención de Tercero, llamó a la causa a la sociedad mercantil ADECCO EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL. C.A.; dicha solicitud fue admitida por el Tribunal sustanciador por auto de fecha 22 de junio de 2006.
Practicada la notificación en fecha 4 de julio de 2006, por el Alguacil del Tribunal, ciudadano ARTURO YAGGIA, en los términos señalados en la diligencia de fecha 11 de julio de 2006, las cuales cursa al folio 19; y certificado dicho acto por el Secretario del Tribunal, en fecha 7 de agosto de 2006, tuvo lugar la audiencia preliminar, hoy veintidós (22) de septiembre de 2006, a las 9:00 a.m., y previo anuncio del acto por el Alguacil del Tribunal, se dejó constancia de la comparecencia de la abogada EDHALIS YURIE NARANJO YUNCOSA, inscrita en el Instituto Previsión Social del Abogado, bajo el número 91.280, en su carácter de apoderado judicial de la demandada, sociedad mercantil BOEHRINGER INGELHEIM, C.A., y la abogada JENNIFER GUTIERREZ BARRETO, inscrita en el Instituto Previsión Social del Abogado, bajo el número 112.696, en su carácter de apoderada judicial del Tercero Interviniente, ADECCO EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL, C.A.; y de la incomparecencia a la misma de la parte actora ciudadana JOHANA KATIUSKA CARRANZA GUERRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-14.644.419, de este domicilio; ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno.
Por lo anteriormente expuesto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Noveno Primera de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 196 ° y 147°.
La Juez La Secretaria
Jhacnini Torres Dayana Díaz
En esta misma fecha se publicó la presente decisión.-
La Secretaria
Dayana Díaz
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
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