REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 25 de Septiembre de 2006
Juez Unipersonal Nº 6
Sala de Juicio
196º y 147º
Asunto: AP51-S-2006-014965
Motivo: CURATELA
Solicitante: LUIS ALBERTO POSADA ADRIAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.124.309
Abogado Asistente: LUZ PEREZ SIFONTES, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 43.161
Niño: “…cuya identidad se omite por disposición del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente…”
Revisadas las actas que conforman el presente asunto signado con el Nº AP51-S-2006-014965 nomenclatura del Circuito Judicial y cumplidos todos los actos de sustanciación tendentes a la constitución del Curador Ad-Hoc del niño “…cuya identidad se omite por disposición del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente…”, en la oportunidad de quedar incurso en los supuestos del artículo 110 del Código Civil; y vista la aceptación y juramentación del Curador designado por Acta de esta misma fecha, y habiendo manifestado que el precitado niño no posee bienes de fortuna, esta SALA DE JUICIO N° VI DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, impartiendo Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, discierne como Curador Ad-Hoc del niño LUIS EDUARDO POSADA SEMTEI, de siete (07) años de edad “…cuya identidad se omite por disposición del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente…” , en la persona de la ciudadana MONICA POSADA ADRIAN venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V.- 13.336.512. Expídase por Secretaria copia certificada de la Solicitud y del presente Decreto y entréguese a la parte interesada a los fines legales consiguientes. Cúmplase.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
Dada, firmada y sellada en la SALA DE JUICIO N ° VI DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. En Caracas, a los veinticinco (25) días del mes de Septiembre de Dos Mil Seis (2.006). Año 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
EL JUEZ

JOSE ANGEL RODRIGUEZ REYES
LA SECRETARIA.

MARY ROMERO LUNA


ASUNTO: AP51-S-2006-014965