REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA OCTAVO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal VIII
Caracas, veinticinco (25) de septiembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : AP51-S-2005-009379
Visto el escrito de Separación de Cuerpos, presentado por los ciudadanos JONATHAN JOSE MENDEZ FERNANDEZ y MARIA EUGENIA TOVAR TORRES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nº V- 12.066.088 y V-13.686.644, respectivamente, asistidos por la Abogada en ejercicio ROSALBA ROJAS, inscritas en el Inpreabogado bajo el N° 59.086 , esta Sala de Juicio lo admite cuanto ha lugar en derecho, por cuanto no es contraria a ninguna disposición de Ley, al orden público ni a las buenas costumbres. En consecuencia, y por cuanto se exhortó a los cónyuges a la reconciliación sin lograrse ésta, esta Sala de Juicio VIII decreta dicha SEPARACION DE CUERPOS, en los mismos términos, fines y condiciones por ellos convenidos, de conformidad con el artículo 189 del Código Civil, en concordancia con el Parágrafo Primero del artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse por Secretaría las copias certificadas que sean necesarias. El Secretario suscribirá las mismas en todas y cada una de sus partes, todo por aplicación analógica del artículo 111 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ
DRA. SAHITI VIDAL DE GUZMAN
EL SECRETARIO.
CARLOS ANDRES FONSECA