REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
del Área Metropolitana de Caracas.
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Novena
Caracas, 19 de septiembre de 2006.
Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación.

Por recibido, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Visto el escrito de fecha 11 de agosto de 2006, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, por la ciudadana DILIA LOPEZ BERMUDEZ, en su carácter de Fiscal Centésima Tercera del Ministerio Público, en el cual remite convenio de Régimen Visitas celebrado por los ciudadanos ROSAURA KARINA LACRUZ GUERRERO y JOSE SIMON LEON, de nacionalidad venezolana, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nros. 17.488.833 y 18.025.975, respectivamente, en beneficio de la niña (...), de dos (02) años de edad, y quienes acordaron en el acta convenio de fecha nueve (09) de agosto de 2006, lo relativo a el Régimen Visitas de la niña antes mencionada.