REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Sala de Juicio. Juez Unipersonal N° 09
Caracas, 21 de Septiembre de 2006
196º y 147º
Vista la anterior solicitud de Colocación en Entidad de Atención, presentada por el Consejo de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Municipio Libertador, a favor de la niña (...), de siete (7) años de edad; Esta Sala de Juicio por cuanto se encuentra vencido el lapso que establece la Ley para las Medidas de Protección en la Modalidad de Abrigo, dictada en el presente caso por el Consejo de Protección del Municipio Libertador provisionalmente en la entidad de atención “Casa Hogar El Junquito”, en fecha 5 de Abril de 2006, tal y como se evidencia de las actas que conforman el presente expediente; y en aras de dictar la Medida que asegure el interés superior de la niña (...), atendiendo al Interés Superior del Niño, previsto en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, garantizar el Debido Proceso consagrado en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y atendiendo al Principio de la Instrumentalización del Proceso, establecido en el artículo 7 del Código de Procedimiento Civil,