REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 22 de septiembre de 2006
196° y 147°
Revisada como ha sido la diligencia de fecha 19 de septiembre del año en curso, suscrita por el abogado EDGAR RODRIGUEZ RODRIGUEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora BANCO LATINO, C.A, mediante la cual manifiesta que la parte demandada AGROPECUARIA GUANANI, C.A, canceló a su representada todas las cantidades adeudadas, incluyendo los honorarios profesionales acordados, el Tribunal observa:
Extinguida como ha quedado en su totalidad la deuda asumida por la parte demandada en el juicio que por EJECUCIÓN DE HIPOTECA incoara la Sociedad Mercantil BANCO LATINO C.A., contra AGROPECUARIA GUANANI, C.A, este Tribunal da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente una vez que la parte interesada solicite el levantamiento de la medida de prohibición de enajenar y gravar, decretada por este Juzgado en fecha 08 de septiembre de 2036 y participada al Registro Subalterno de Registro del Distrito Perijá del Estado Zulia, mediante oficio N° 2003-526, en esa misma fecha. Cúmplase con lo ordenado.
LA JUEZ
CARMEN ELENA VILLARROEL GRATEROL
LA SECRETARIA
MAYKA MARTINEZ
EXP: 2003-3403.-
CEVG/MM/carolina.-