REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, _______ de _______________ del 2.006.-
Años: 196° y 147°

Expediente: N° S-8008
Sentencia Definitiva

SOLICITANTE: LUISA TERESA COROMOTO LOPEZ LEON DE FARIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 4.580.224.-

ABOGADO ASISTENTE: CARLOS MOSQUERA ABELAIRAS, abogado en ejercicio inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 15.509.-

MOTIVO: RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE MATRIMONIO


Vista la solicitud presentada por la ciudadana LUISA TERESA COROMOTO LOPEZ LEON DE FARIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 4.580.224, debidamente asistida por el abogado en ejercicio, CARLOS MOSQUERA ABELAIRAS, abogado en ejercicio inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 15.509, por medio del cual solicita la RECTIFICACIÓN DE SU ACTA DE MATRIMONIO, acta ésta llevada por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Recreo Municipio Libertador del Distrito Capital, según acta N° 105 de fecha 27 de julio del 1972, la cual consta en el Libro de Registro Civil de matrimonio llevado por ese despacho en el año 1.972, en la cual se incurrió en un error material al asentar en dicha acta: el nombre de la solicitante como LUISA TERESA, siendo lo correcto LUISA TERESA COROMOTO. Para probar lo alegado la solicitante consignó a los autos: el acta de matrimonio errada y su partida de nacimiento. Probado como ha sido lo alegado y visto que el error cometido no amerita la tramitación de un juicio de Rectificación de acta de matrimonio; este JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, acuerda tramitar en forma SUMARIA la presente solicitud, en consecuencia se ordena oficiar a la Parroquia El Recreo, Municipio Libertador del Distrito Capital y al Registrador Principal del Distrito Capital, a fin de que proceda a estampar la nota marginal correspondiente y a corregir el error cometido donde dice el nombre de la solicitante como LUISA TERESA, por el de LUISA TERESA COROMOTO. Y ASÍ SE DECLARA.- Expídanse por Secretaría copia certificada del presente auto y remítase con oficio a las autoridades correspondientes.-
LA JUEZ TITULAR

DRA. ANGELINA M GARCÍA H.-

LA SECRETARIA ACC.

KELYN CONTRERAS
En esta misma fecha se requieren fotostatos para proveer.-
LA SECRETARIA ACC.

KELYN CONTRERAS


EXP. S-8008
AMGH/KC/laura.-