REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DUODECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas _____de ________________ de 2006.
Años 196 y 147.
Visto el escrito que encabeza las presentes actuaciones y las justificaciones evacuadas al efecto; este Juzgado sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y conforme con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara TITULO SUPLETORIO sobre las bienhechurias a que se contrae la presente solicitud, a favor de los ciudadanos CATALINA MONTILVA y ADRIAN ISRRAEL ARELLANO, venezolanos, mayor de edad, de este domicilio, titulares de las cédula de identidad números V- 9.127.934 y V-14.584.945, advirtiéndose que se deja a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones con sus resultas, previa su certificación por Secretaria.-
LA JUEZ TITULAR.-
DRA. ANGELINA M. GARCIA HERNANDEZ.-
LA SECRETARIA ACC.-
KELYN CONTRERA.-
Exp. Nro. T-6845
AMG/KC/Lizmaika.-
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