REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, de septiembre de 2006
Años 196 y 147

Visto el escrito que encabeza las presentes actuaciones y las justificaciones evacuadas al efecto, este Juzgado sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y conforme con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara como HEREDERO al ciudadano RICARDO JOSE LOPEZ RAMIREZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 15.723.839, de la De Cujus ciudadana TEMILDA LOPEZ RAMIREZ, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad número V-24.722.660, advirtiéndose que se deja a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones con sus resultas a los solicitantes, previa su certificación por Secretaría.
LA JUEZ

DRA. ANGELINA M. GARCÍA HERNANDEZ LA SECRETARIA ACC

KELYN CONTRERAS

EXP. No. S-8204
AMGH/KC/arelys