REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, veintiuno (21) de Septiembre de dos mil seis (2006), siendo las 11:00 am, se constituye la Juez Tercero de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, ciudadana Caribay Gauna y la Secretaria Accidental Dubraska Ibarreto, a fin de llevar a cabo la práctica de la medida Innominada consistente en hacer ejecutar la Sentencia dictada en fecha trece (13) de enero de dos mil cinco (2005) por el Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital con motivo de la querella interpuesta por la abogada Tania Margot Pérez Moreno, actuando en su propio nombre y representación contra el Cabildo del Distrito Metropolitano de Caracas (expediente N° 04-784) y en consecuencia se trasladan al Cabildo Metropolitano ubicado en el Edificio La Perla, piso 02, Dirección General. El Silencio. Caracas, Municipio Libertador, en compañía de la parte ejecutante abogada Tania Margot Pérez Moreno, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 74.926, quien actúa en este acto en su propio nombre y representación. Una vez en el lugar indicado la ciudadana Juez es atendida por la ciudadana que manifestó llamarse Alba Gómez y ser titular de la Cédula de Identidad N° 16.086.287, recepcionista de dicha Dirección, a quien la Juez informa el motivo de su presencia manifestando la misma que el Director se encuentra reunido pero que pronto el Tribunal será atendido. En este estado transcurrido un lapso de 30 minutos la recepcionista informa a la Juez que el Director Leonel Max Courtois vía telefónica le participó que no puede atender al Tribunal y nos remite a la Consultoría Jurídica del Cabildo Metropolitano, negándose de ésta forma a atender el Tribunal luego de haber hecho esperar durante un tiempo. Ante tal negativa el Tribunal procede a retirarse del lugar y acuerda su traslado a la Consultoría Jurídica del Cabildo Metropolitano donde según lo informado vía telefónica por el Director el Tribunal será atendido por la abogada Mirtha E. Palomo, quien esta a la espera del Tribunal. Concluye el acto siendo las 12:23 pm.
La Juez,
La Notificada
La parte ejecutante
La Secretaria Acc,
Siendo las 12:37 pm, encontrándonos en el piso 01 del Edificio Mercantil, Consultoría Jurídica del Cabildo Metropolitano el Tribunal es atendido por la Consultor Jurídico abogada Mirtha E. Palomo, titular de la Cédula de Identidad N° 9.974.241, a quien de seguidas la ciudadana Juez Ejecutora da lectura del despacho de comisión en el cual se comisiona a este Juzgado para ejecutar la sentencia dictada en fecha 13 de enero de 2005 por el Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, la cual consiste en: “Primero: Se declara parcialmente con lugar la querella interpuesta por la ciudadana Tania Margot Pérez Moreno asistida por el abogado Balmiro Amaris Martínez contra el Cabildo del Distrito Metropolitano de Caracas”. Segundo: Se declara la nulidad del Acto Administrativo de remoción que afectara a la actora dictado en fecha 18 de mayo de 2004, por el vicepresidente del Cabildo Metropolitano de Caracas y se ordena a dicho Organismo que reincorpore a la querellante en el cargo que desempeñaba de abogada asesora de la Comisión de Finanzas, Planificación y Presupuesto o a otro de igual jerarquía y remuneración, con el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de la remoción retiro hasta su reincorporación, los cuales deberán ser cancelados de manera integral, esto es, con las variaciones que en el tiempo transcurrido haya experimentado el sueldo asignado a ese cargo”. Para mayor ilustración el Tribunal hace entrega a la notificada de una copia fotostática simple de la decisión del Juzgado comitente. En este estado la notificada recibe las copias sujeto a una reunión posterior con la ejecutante. La Juez Ejecutora cumplida como ha sido su misión dispone su retiro a su sede concluyendo el acto siendo la 1:00 pm. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez,
La Consultora Jurídica
La Parte Ejecutante
La Secretaria Acc,