REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintisiete de septiembre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : AN36-V-2003-000001
Se refiere el presente juicio a una demanda arrendaticia que presentó la empresa VIVIENDA EN GUARNICIÓN C.A. contra el ciudadano CARLOS JAVIER MARQUEZ GUTIERREZ, la cual fue admitida en fecha 22 de diciembre de 2003.
Ahora bien, es el caso que en fecha 10 de agosto de 2005 el Juzgado del Municipio Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda , que había recibido (24-04-04) Comisión-Exhorto de este Tribunal para llevar a cabo la citación de la parte demandada, resolvió devolvérnosla por evidenciarse que a dicha comisión no se le ha dado impulso procesal. Comisión que fue recibida de vuelta por este Tribunal en fecha 09 de enero de 2006, sin que hasta la fecha nadie se haya presentado a los autos interesándose por la suerte de este juicio.
Esta claro entonces la pérdida de interés en proseguir el juicio por parte de la parte actora, lo cual actualiza el supuesto de hecho de la perención contemplado en el art.267 CPC.
RESUELVE
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la república y por autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA.
El Juez
JOSE EMILIO CARTAÑÁ ISACH

El Secretario
HECTOR VILLASMIL