REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
196° y 147°
Exp. N° 00-1551.-
PARTE DEMANDANTE: COMERCIAL JULIAN DA SILVA
PARTE DEMANDADA: JORGE ANTONIO PUEBLA SEPULVEDA
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES
SENTENCIA DEFINITIVA (PERENCION)
Vista las actuaciones que anteceden, la Dra. INDIRA PARIS BRUNI, Juez titular de este Tribunal, se AVOCA al conocimiento de la presente causa.- De una revisión efectuada al presente expediente, se observa que desde el día 20/10/2.000, hasta la presente fecha, ha transcurrido más de un (1) año, sin que ninguna de las partes haya efectuado algún acto de procedimiento en el presente juicio, por lo tanto, este Tribunal en acatamiento a lo dispuesto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el articulo 269 ejusdem, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente proceso.-
Por lo que este Juzgado Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara PERIMIDA LA INSTANCIA en el presente proceso conforme a las normas citadas.-
REGISTRESE, PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION EN EL COPIADOR DE SENTENCIA DE ESTE JUZGADO.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Caracas a los Veinte (20) días del mes de Septiembre del año Dos Mil Seis (2.006). Años 196° y 147°.-
LA JUEZ,

Dra. INDIRA PARIS BRUNI
LA SECRETARIA,
ABG. MARIELA ARZOLA
En esta misma fecha y siendo las 12:15 de la tarde, se registró y publicó la anterior decisión.-
LA SECRETARIA,
ABG. MARIELA ARZOLA
IPB/MA/va.-
Exp. N° 00-1551.-