REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo (30°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, dieciocho (18) de septiembre de dos mil seis (2006)
196º y 147º
ASUNTO : AP21-L-2006-002952
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2006-002952
PARTE ACTORA: ROLDMAN LEONARDO CARRILLO BLANCO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ANA VERONICA SALAZAR, MICKEL AMEZQUITA PION, ANASTACIA RODRIGUEZ
PARTE DEMANDADA: INSTITUTO DE CAPACITACION PROFESIONAL, C.A y COMPAÑIA NACIONAL ANONIMA DE TELEFONOS DE VENEZUELA (CANTV)
APODERADOS DE LAS DEMANDADAS: ANA GRACE QUIJADA RAMOS y YEVELIN MANRIQUE; YOBANNY KAFROUNI
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy dieciocho (18) de septiembre de dos mil seis (2006), siendo las 10:38 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja constancia de la consignación en este acto de las copias simples de los instrumentos Poderes de las representaciones de las empresas accionadas, previa la presentación en originales ad efectum videndi, constante de ocho folios útiles, los cuales se ordena sean agregados a los autos. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196 °.
DIOS Y FEDERACIÓN
El Juez
Juan Carlos Medina Cubillan
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
|