ACTA

N° DE EXPEDIENTE:AP21-S-2006-001675
PARTE ACTORA: LEONARDO AUGUSTO BARCANEGRAS ROJAS, titular de la cédula de identidad Nro. 25.284.543.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: No acredito.
PARTE DEMANDADA: ADMINISTRADORA MAWAMPI, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado José Gregorio Blanca Quintana, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 32.013.
MOTIVO: Calificación de despido

En el día hábil de hoy dieciocho de septiembre de dos mil seis, siendo las 10:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, incoado por el ciudadano Leonardo Augusto Barcanegra Rojas en contra de la empresa Administradora Mawampi, C.A.; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, encontrándose presente sólo la representación de la empresa demandada ciudadano José Gregorio Blanca Quintana, arriba identificado, quien consigna en este acto el instrumento que acredita su representación, el cual se ordena agregar a los autos. Acto seguido, en cuenta de la incomparecencia de la parte actora este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196 °.

El Juez
Abog. Ruth Pernia



La representación de la empresa demandada
Abog. José Gregorio Blanca Quintana.


La Secretaria
Abog. Jeannette Fuentes





“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”