REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Juzgado Cuarto Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 18 de Abril de 2007.
196º y 148º

PARTE ACTORA: ERIKA CARVAJAL, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.822.664.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: ISAURO GONZALEZ MONASTERIO y JOSE MARQUEZ GIROT, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 25.090 y 25.388 respectivamente.

PARTE DEMANDADA: ASOCIACION CIVIL INCE MIRANDA A. C., registrada por ante la Oficina Subalterna del Cuarto Circuito de Registro del Municipio Autónomo de Sucre, Estado Miranda bajo el N° 19, Tomo 12, Protocolo Primero, el 14 de Diciembre de 1990.

APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: LUCRECIA FIGUEROA y YELITZA CH. GONZALEZ INDRIAGO, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 16.799 y 41.570, respectivamente.

MOTIVO: Desistimiento del Procedimiento.

Vistos: Estos autos.

Conoce este Juzgado Superior de la apelación interpuesta en fecha en fecha 02 de Agosto de 2005, por el abogado JOSE MARQUEZ GIROT, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora contra la sentencia dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 27 de Julio de 2005, oída en ambos efectos en fecha 04 de Agosto de 2005.

Por auto de fecha 08 de Febrero de 2007, este Juzgado dio por recibido el expediente y dejó expresa constancia de que al quinto (5º) día hábil siguiente se fijaría la oportunidad para la celebración de la audiencia oral, la cual se fijó por auto de fecha 15 de Febrero de 2007, para el 12 de Abril de 2007, a las 09:00 a.m.

Celebrada como ha sido la audiencia oral, este Tribunal Superior pasa a publicar la sentencia en los siguientes términos:


CAPITULO I

En el acta levantada en fecha 12 de Abril de 2007, oportunidad fijada para que tuviera lugar la audiencia oral en el presente juicio se dejó constancia de la incomparecencia de la parte actora apelante por si o por medio de apoderado judicial alguno y de la presencia de la parte demandada a través de su apoderada judicial abogado LUCRECIA I. FIGUEROA OBANDO.

El artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo dispone lo siguiente:

“…En el día y la hora señalados por el Tribunal Superior del Trabajo para la realización de la audiencia, se producirá la vista de la causa bajo la suprema y personal dirección del Tribunal. En el supuesto que no compareciere a dicha audiencia la parte apelante, se declarará desistida la apelación y el expediente será remitido al Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución correspondiente…”

Con vista de que la parte actora apelante no compareció, por si o por medio de apoderado judicial alguno, en la oportunidad fijada para la celebración de la audiencia oral y publica, es forzoso declarar desistida la apelación como se resolverá en la parte dispositiva del presente fallo. Así se establece.

CAPITULO II
DISPOSITIVO

Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Cuarto Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta en fecha en fecha 02 de Agosto de 2005, por el abogado JOSE MARQUEZ GIROT, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora contra la sentencia dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 27 de Julio de 2005, oída en ambos efectos en fecha 04 de Agosto de 2005, en el juicio seguido por la ciudadana ERIKA CARVAJAL contra la ASOCIACION CIVIL INCE MIRANDA A. C., ambas partes identificadas en el cuerpo de esta sentencia. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.




PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas a los dieciocho (18) días del mes de Abril de 2007. AÑOS: 196º y 148º.


JUAN CARLOS CELI ANDERSON
JUEZ
JOHANA PEREZ MORALES
SECRETARIA




NOTA: En el día de hoy, 18 de Abril de 2007, se dictó, publicó y diarizó la anterior decisión.

JOHANA PEREZ MORALES
SECRETARIA





Asunto: AC22-R-2005-000126
Asunto Antiguo: 2005-2595-T
JCCA/JPM/mg.