ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2007-000897
PARTE ACTORA: MIGUEL ANGEL BRACHO CONTRERAS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYÓ
PARTE DEMANDADA: HOTEL BAR DORAL
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTITUYÓ
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO

En el día hábil de hoy dieciocho (18) de abril de dos mil siete (2007), siendo las 10:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio MIGUEL ANGEL BRACHO CONTRERAS contra HOTEL BAR DORAL; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 148 ° y 196 °.


El Juez

El Secretario

Abog. Diego Antonio Araujo Aguilar


Abog. Israel Ortiz Quevedo