ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2007-001082
PARTE ACTORA: ANA MAIGLERIS AGRAZ PENZO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYÓ
PARTE DEMANDADA: RESPITEC EQUIPOS MEDICOS, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: CAROLINA LUCIA PUNCELES ANGLADE, MARIA JOSEFINA SANABRIA DE BUSTILLOS
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO
En el día hábil de hoy treinta (30) de abril de dos mil siete (2007), siendo las 09:00 A.M., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio ANA MAIGLERIS AGRAZ PENZO contra RESPITEC EQUIPOS MEDICOS, C.A.; se deja expresa constancia que solo comparecieron los ciudadanas CAROLINA LUCIA PUNCELES ANGLADE, MARIA JOSEFINA SANABRIA DE BUSTILLOS , abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 35.374, 8.074, en su carácter de apoderadas judiciales de la parte demandada y se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 148° y 196 °.
El Juez
Abog. Diego Antonio Araujo Aguilar
El Secretario
El presente
Abog. Israel Ortiz Quevedo
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