REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

En el día de hoy, 27 de abril de 2007, siendo las 3:00 p.m. día y hora para que tenga lugar la audiencia Preliminar, comparecieron los ciudadanos ESTEBAN TORREALBA, titular de la cédula de identidad número 16.421.993 en su carácter de parte actora debidamente asistido por el abogado en ejercicio ROBERTO PONCE DE LEON, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 118.768 y por la parte demandada, su apoderado judicial, abogado en ejercicio VANESSA FUGUET, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 107.647; dándose inicio a la audiencia. En este estado, discutida la persistencia en el despido con ambas partes, se ha llegado al siguiente acuerdo: La parte actora, acepta el monto consignado por la demandada, que asciende a la cantidad de CUATRO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS BOLIVARES CON SESENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs.4.377.786,64), monto éste que cubre los siguientes conceptos: indemnización por despido injustificado, indemnización sustitutiva del preaviso, antigüedad, intereses sobre prestaciones sociales, antigüedad adicional, vacaciones fraccionadas, bono vacacional fraccionado, utilidades fraccionadas, salarios caidos. Asimismo, se deja establecido que cada parte asume los costos y costas del presente juicio. En tal sentido, este Tribunal al verificar que no se vulneran normas de derechos irrenunciables ni normas de orden público, por lo que este Juzgado HOMOLOGA EL ACUERDO en los términos expuestos, dándole efectos de COSA JUZGADA. En tal sentido, este Tribunal, ordena librar oficio a la OCC de este Circuito Judicial del Trabajo, a fin que se entregue la libreta de ahorros apertura por la demandada a favor del trabajador. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman: